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Procedimiento de Pago de la Contribución Especial Parafiscal a FONATEL,
según información de la Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda
La Contribución Especial Parafiscal a FONATEL es una contribución que recae sobre los ingresos brutos obtenidos, directamente, por la operación de redes públicas de telecomunicaciones o por proveer servicios de telecomunicaciones disponibles al público. Fue creada como instrumento de administración de los recursos destinados a financiar el cumplimiento de los objetivos de acceso universal, servicio universal y solidaridad establecidos en la Ley General de Telecomunicaciones, así como de las metas y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
Sus recursos son administrados por la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) y recaudados por el Ministerio de Hacienda.
Contribuyentes
Son contribuyentes los operadores de redes públicas de telecomunicaciones y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público.
Periodo fiscal
El período fiscal es de un año calendario, del 1° de enero al 31 de diciembre.
Cálculo del porcentaje de la Contribución Especial Parafiscal
El porcentaje de esta contribución es fijado por SUTEL, a más tardar el 30 de noviembre del período fiscal respectivo y oscila entre el 1.5% a 3% de los ingreso brutos percibidos por los operadores y provedores de los servicios de telecomunicaciones. En caso de que SUTEL no fije el porcentaje en el plazo establecio se aplicará el porcentaje del periodo fiscal inmediato anterior.
Histórico de Porcentajes
Periodo sobre el que se calculan los ingresos | Año en que se paga | Porcentaje establecido para la contribución especial parafiscal |
2008 | 2009 | 1,50% |
2009 | 2010 | 1,50% |
2010 | 2011 | 1,50% |
2011 | 2012 | 1,50% |
2012 | 2013 | 1,50% |
2013 | 2014 | 1,50% |
2014 | 2015 | 1,50% |
Una empresa obtuvo ingresos brutos por la operación de redes públicas de telecomunicaciones por la suma de ¢5.000.000 en el periodo 2012 y requiere saber cuál es el monto por pagar de Contribución Especial Parafiscal a FONATEL en ese período y el monto correspondiente a cada uno de los cuatro tractos:
Ejemplo: cálculo de la contribución especial parafiscal 2014 |
Determinación de la obligación: |
Ingresos brutos por operaciones de redes ¢ 5.000.000 |
Tarifa vigente x 1.5% |
Monto total de la contribución especial parafiscal del período ¢ 75.000 |
Monto del tributo por pagar en cada trimestre (¢75.000/4 trimestres) ¢ 18.750 |
Obligaciones tributarias
- Inscribirse en el Registro Único Tributario
Los obligados a pagar esta contribución deben inscribirse en el portal de “TRIBUNET” y realizar el procedimiento para domiciliación de cuentas bancarias para efectos del pago correspondiente. La inscripción podrá realizarse en la siguiente dirección electrónica:
https://www.haciendadigital.go.cr/tribunet/inscriptipopersona.jsp
Para más información, puede acceder al trámite de: Inscripción en el Registro Único Tributario (Inicio de actividades)
- Declarar y pagar el impuesto
De seguido se presentan los medios para confeccionar la declaración, presentarla y pagarla.
Formulario de declaración
La declaración se presenta en el formulario D-177“Declaración contribución especial parafiscal a FONATEL -Ley 8642”.
Presentar declaración y pagar el impuesto
El plazo para presentar la declaración de esta contribución es de dos meses y quince días naturales siguientes al cierre del respectivo periodo fiscal. El pago se distribuye en cuatro tractos equivalentes, pagaderos al días quince de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre del año posterior al cierre del periodo fiscal que corresponda. Por tal razón, con la presentación de la declaración debe efectuarse el pago del primer tracto
Esta declaración se podrá presentar de la siguiente forma:
Declaración electrónica: quienes opten por utilizar el sistema de TRIBUNET, lo podrán hacer ingresando a la dirección electrónica:
https://www.haciendadigital.go.cr/tribunet/principal.html
Consecuentemente están obligados a pagar en forma electrónica por ese mismo medio, para lo cual deberán autorizar previamente al Ministerio de Hacienda para aplicar una orden de débito directo a una o varias cuentas cliente previamente domiciliadas.
Declaración en formulario en papel: El contribuyente podrá obtener el formulario de la declaración en el siguiente enlace: D-177 Declaración contribución especial parafiscal a FONATEL -Ley 8642
Este formulario debe imprimirse en tres tantos, para su presentación y pago ante la entidad recaudadora autorizada de su preferencia.
El segundo, tercer y cuarto pago se deben efectuar mediante el formulario D-110, “Recibo Oficial de Pago” el cual se puede acceder por medio del Sistema TRIBUNET del Ministerio de Hacienda o bien solicitando el documento de pago a SUTEL.
Para más información puede acceder al sitio:
http://dgt.hacienda.go.cr/tiposimpuestos/Paginas/ContribuciOnespecialparafiscalFONATEL.aspx
Sanciones
El incumplimiento en la presentación de la declaración y el pago de la Contribución Especial Parafiscal a FONATEL efectuado fuera de término produce la obligación de pagar un interés, junto con el tributo adeudado. También incurre en infracciones administrativas sujetas a las siguientes sanciones y recargos establecidas en el Código Tributario.
Conducta Sancionada
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Art.
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Sanciones |
Omisión de la presentación de la declaración dentro del plazos establecido |
#79 |
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Morosidad en el pago del tributo |
#80 bis |
SUTEL aplicará una multa equivalente a un cuatro por ciento (4%) del impuesto por cada mes o fracción de mes transcurrido desde el momento en que debió satisfacerse la obligación hasta la fecha del pago efectivo, según el artículo #64 de la Ley General de Telecomunicaciones. |
Recargo por Intereses |
#57 |
El pago efectuado fuera del término produce la obligación de pagar un interés junto con el tributo adeudado. Consulte las Tasas de Interés vigentes en el Ministerio de Hacienda |
Otras sanciones por infracciones |
#68 |
Ley General del Telecomunicaciones No. 8642 |
FUNDAMENTO LEGAL
Código de Normas y Procedimientos Tributarios Nº 4755
AYUDAS
Manual del contribuyente para registrarse por medio de Tribunet
Manual del contribuyente para domiciliar cuentas bancarias para pago de impuestos